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La FDA y el USDA relajan temporalmente el requisito de etiquetado de datos nutricionales para la distribución minorista de alimentos por parte de restaurantes y fabricantes de alimentos


Los alimentos preparados y servidos en restaurantes generalmente no requieren la etiqueta de información nutricional que exige la FDA en los alimentos que se envasan para la venta al por menor. Debido a la pandemia de COVID-19, los restaurantes y los fabricantes de alimentos tienen a la mano grandes cantidades de alimentos que no están etiquetados para la venta al por menor, pero que no pueden venderse en restaurantes y hoteles de la manera inicialmente prevista.

La FDA y el USDA han emitido políticas temporales sobre etiquetado nutricional que facilitarán a los restaurantes y fabricantes de alimentos vender alimentos que originalmente no estaban destinados a la venta minorista.

Durante la pandemia de COVID-19, la FDA no tiene la intención de oponerse a la venta de alimentos envasados (tanto perecederos como no perecederos) que carece de una etiqueta de información nutricional por parte de los restaurantes, siempre que el alimento no tenga ningún reclamo nutricional y contenga otros Información requerida en la etiqueta.

El restaurante puede reutilizar las etiquetas originales o proporcionar etiquetas de alérgenos y otra información que aún se requiere en las etiquetas que crea o que proporciona el fabricante.

La FDA no tiene la intención de objetar la venta de alimentos envasados que carecen de una etiqueta de Información Nutricional por parte de los fabricantes de alimentos, siempre que el alimento no tenga ninguna declaración nutricional y contenga otra información requerida en la etiqueta.

El Servicio de Inspección y Seguridad Alimentaria (FSIS) del USDA no se opondrá al uso de etiquetas ni exigirá a los establecimientos que presenten una aprobación temporal para las etiquetas modificadas aplicadas por el establecimiento para que los productos se puedan vender ahora al por menor.

El FSIS también ha tomado disposiciones para la distribución de productos a granel originalmente destinados a escuelas u otras instituciones con una declaración de uso limitado en la caja externa; por ejemplo, ahora se puede distribuir una caja etiquetada "para uso exclusivo del servicio de alimentos escolares" a una tienda minorista para su reempaque y etiquetado.

La política de cumplimiento de la FDA seguirá vigente solo durante la emergencia de salud pública relacionada con COVID-19 declarada por el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS). Las disposiciones de etiquetado del FSIS permanecerán vigentes durante los próximos 60 días a partir del 26 de marzo de 2020.

© 2020 Keller y Heckman LLP

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